Con una contundente votación de 135 sufragios a favor y ninguna manifestación en contra, la Cámara de Diputadas y Diputados visó de forma definitiva las modificaciones del Senado al proyecto de Ley de Transferencia Tecnológica y de Conocimiento. Tras casi dos años de tramitación parlamentaria, la iniciativa superó con éxito todas sus etapas legislativas y quedó lista para su promulgación oficial por parte del Ejecutivo, marcando un hito en la modernización de la estructura productiva del país.
La nueva legislación introduce un marco institucional robusto diseñado para derribar las barreras históricas que mantenían distanciados a los laboratorios académicos de las dinámicas del mercado. Su meta fundamental es propiciar una transición económica profunda: atenuar la histórica dependencia de la exportación de materias primas crudas para avanzar resueltamente hacia un modelo basado en la creación de valor agregado tecnológico, la innovación y el desarrollo de inteligencia artificial. De esta forma, el Estado asume la transferencia de saberes como un eje estratégico para dar respuesta a urgencias ciudadanas y potenciar la competitividad de la industria local.
“Este es un paso adelante para Chile, un esfuerzo transversal de diversos gobiernos para crear ese músculo de innovación que todos estamos de acuerdo en que nos falta engrosar y hacer más sólido”, destacó la ministra de Ciencia, Ximena Lincolao, añadiendo que la ley actúa como un habilitador para que el país conquiste soberanía en materia de datos y desarrollo de patentes comerciales.
Fin a los cuellos de botella y la burocracia
Hasta la fecha, la vinculación entre la academia y el tejido empresarial sufría severas restricciones. El núcleo de la nueva ley se enfoca en resolver los históricos conflictos de probidad administrativa que impedían a científicos de instituciones de educación superior participar activamente en el control, dirección o capital de empresas derivadas (spin-offs) surgidas de sus propios descubrimientos.
Desde el ecosistema de innovación valoraron que la norma naciera directamente de los requerimientos de los gestores tecnológicos y centros de investigación, quienes identificaron las principales trabas operativas del sistema. La flexibilidad contractual aprobada no solo facilitará que las invenciones financiadas con recursos públicos lleguen a la sociedad en forma de productos o soluciones cotidianas, sino que además garantizará que los investigadores mantengan sus derechos informativos y de autoría, incluso si ya no forman parte de la institución de origen.
Ejes fundamentales del nuevo marco regulatorio
El texto aprobado reestructura de forma integral el ecosistema de ciencia y tecnología mediante cuatro pilares operativos:
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Creación de Empresas de Base Científico-Tecnológica (EBCT): Habilita formalmente a académicos e investigadores de universidades públicas y privadas para fundar y asociarse a empresas tecnológicas sin arriesgar infracciones de probidad.
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Repositorio Nacional del Conocimiento: Creación de una plataforma pública, gratuita y centralizada bajo la tutela de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), destinada a recopilar y conservar toda la producción científica chilena.
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Impulso a la Ciencia Abierta: Mandata a los planteles de educación superior a democratizar el acceso ciudadano a sus recursos formativos e informativos, tanto en formatos físicos como digitales.
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Rendición de Cuentas y Control: El Ejecutivo tendrá la obligación de reportar de forma anual ante el Congreso los avances de la ley utilizando indicadores claros de impacto social y transferencia real.
Transparencia activa y fiscalización
Para equilibrar las libertades de comercialización otorgadas a los científicos, el Congreso reforzó las exigencias de transparencia. Quienes decidan integrar empresas vinculadas a sus universidades deberán solicitar autorizaciones formales a través de resoluciones fundadas en cada plantel. Asimismo, se implementaron mecanismos de transparencia activa para supervisar la participación institucional en estas firmas tecnológicas.
Tras superar unánimemente el filtro parlamentario, la legislación entra ahora en su fase de promulgación. Su entrada en vigencia plena está programada para el primer día del sexto mes posterior a su publicación oficial en el Diario Oficial.



