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Nueva Ley N° 21.826: Chile agiliza otorgamiento de permisos de edificación y establece estrictos plazos a las Direcciones de Obras Municipales

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Con el objetivo de destrabar la permisología y dinamizar el sector de la construcción, entró en vigencia la Ley N° 21.826. La iniciativa impulsada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y otros cuerpos legales para acelerar los procedimientos de urbanización, fijar un examen inicial de admisibilidad, elevar la responsabilidad civil de los profesionales e implementar un nuevo régimen sancionatorio frente a dilaciones administrativas.

Tiempos de respuesta reducidos y silencio positivo inicial

La nueva normativa reestructura sustancialmente los plazos de tramitación que deben cumplir las Direcciones de Obras Municipales (DOM):

  • Plazo general: Se reduce de 30 a 25 días hábiles para resolver solicitudes de edificación.

  • Proyectos con revisor independiente: El tiempo de respuesta baja a 15 días hábiles al contar con informe favorable.

  • Proyectos de alta densidad (Carga 1.000 personas o más): Se fijan 50 días hábiles, plazo que disminuye a 30 días hábiles si disponen de revisión independiente.

  • Obras menores y fusiones: Tendrán un límite de tramitación de 15 días hábiles.

Además, se instituye un examen formal de admisibilidad obligatorio: el Director de Obras tendrá 5 días hábiles para verificar la completitud de la carpeta técnica. Si la autoridad no emite una resolución fundada de inadmisibilidad dentro de dicho margen, la solicitud se considerará legalmente acogida a trámite, evitando que expedientes incompletos ingresen a procesos prolongados.

Mayor responsabilidad profesional y fin a trámites obsoletos

En el ámbito civil y técnico, la reforma añade un inciso al artículo 18 de la LGUC, determinando que los profesionales y técnicos de especialidades serán legalmente responsables por errores que generen daños o perjuicios. Asimismo, las personas jurídicas responderán de forma solidaria con los proyectistas que actúen en su representación.

En materia de transparencia, se elimina la notificación individual a juntas de vecinos y se reemplaza por un sistema de transparencia activa: los municipios deberán publicar en su sitio web, dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes, la lista completa de permisos otorgados en el periodo anterior.

Sanción financiera a municipios y marco judicial renovado

Para los casos en que la DOM rechace o no responda dentro de los límites legales, la Ley N° 21.826 establece que las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi Minvu) resolverán las reclamaciones en un plazo máximo de 40 días hábiles.

Penalización a la demora municipal: Si la Seremi acoge el reclamo y ordena conceder el permiso, el solicitante obtendrá un 50% de descuento en los derechos municipales, mientras que el 50% restante deberá enterarse a la Seremi a beneficio fiscal, penalizando financieramente al municipio por el retraso injustificado.

Las resoluciones de la Seremi podrán impugnarse vía recurso de reposición y posteriormente ante la Corte de Apelaciones respectiva. Si la justicia ratifica la ilegalidad del acto u omisión, los tribunales podrán ordenar la emisión del permiso, derivar antecedentes al Ministerio Público si detectan eventuales delitos y habilitar la demanda de indemnización de perjuicios en juicio sumario.

Vigencia

La normativa rige a contar de su fecha de publicación en el Diario Oficial. Sus disposiciones son aplicables de manera exclusiva a las solicitudes, procedimientos y reclamaciones presentadas con posterioridad a su entrada en vigor, resguardando la certeza jurídica de los expedientes ingresados bajo el régimen anterior.

 

Vea texto Ley N°21.826

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