En un hito legislativo para el país, el Diario Oficial publicó la Ley N° 21.822, denominada Ley Integral de las Personas Mayores y de Promoción del Envejecimiento Digno, Activo y Saludable. Esta nueva normativa, que entrará en vigencia en junio de 2027, busca unificar y ordenar un marco jurídico que hasta ahora se encontraba disperso, estableciendo por primera vez un catálogo comprehensivo de derechos para la población de 60 años y más.
La legislación llega en un momento demográfico crítico: según los datos del Censo, el 14% de los chilenos supera los 65 años, una cifra que prácticamente duplica el 7,2% registrado en 1992. Con un índice de envejecimiento histórico de 79 personas mayores por cada 100 menores de 15 años, la ley busca transformar el resguardo de este segmento en una prioridad de Estado.
Los pilares del nuevo marco legal
La normativa introduce herramientas prácticas y definiciones jurídicas clave que impactarán tanto al sector público como al privado:
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Reconocimiento de derechos específicos: Garantiza el trato digno, la atención preferente, la autonomía en la toma de decisiones, la conectividad digital y el derecho a una vida libre de violencia. Además, tipifica formalmente la discriminación por edad como una categoría sancionable.
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Acceso a la cultura y el esparcimiento: El sector privado deberá cumplir con una cuota mínima del 5% de entradas para personas mayores en espectáculos culturales, artísticos o deportivos, aplicando además una rebaja de al menos el 50% en su valor.
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Nueva figura de «Abandono Social»: Se define como la transgresión grave de los derechos de una persona mayor con dependencia que ponga en peligro su integridad física o psíquica ante la falta de redes de apoyo. Frente a esto, se habilitan procedimientos judiciales expeditos en los Tribunales de Familia y programas especializados a cargo del Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama).
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Protección y flexibilidad laboral: Modifica el Código del Trabajo para crear un contrato especial que compatibiliza las funciones laborales con las condiciones de salud del trabajador, regulando bandas horarias, libre elección de turnos y el uso anticipado proporcional del feriado anual.
La implementación de la ley implicará la modificación de diversos cuerpos legales, fortaleciendo la estructura institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y del Senama. Asimismo, la Política Nacional de Envejecimiento deberá ser dictada en un plazo de seis meses.
El llamado del sector científico: Diseñar con datos locales
A pesar de que el proyecto posiciona a Chile en la vanguardia regional, expertos advierten que el éxito de la ley dependerá del conocimiento científico que la sustente. Christian González-Billault, director del Centro de Gerociencia, Salud Mental y Metabolismo (GERO) y vicerrector de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Chile, señala que el verdadero desafío comienza ahora.
«Gran parte de nuestra política pública en envejecimiento descansa en evidencia generada en el norte global, en contextos demográficos, culturales y sanitarios que no son los nuestros», advierte González-Billault.
El especialista enfatiza que la forma en que envejecemos responde a variables socioeconómicas y ambientales profundamente locales. Actualmente, Chile no cuenta con cohortes longitudinales nacionales para trazar estas trayectorias ni con instrumentos suficientes para medir la prevalencia del edadismo o financiar la investigación básica sobre los mecanismos celulares del envejecimiento.
Para el sector científico, es urgente que la próxima Política Nacional de Envejecimiento incorpore un componente explícito de inversión en investigación inter y transdisciplinaria a través de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID). La experiencia internacional demuestra que prolongar los años de vida saludable genera un impacto fiscal y de ahorro en salud pública considerable. Con el marco legal ya publicado, la articulación entre el Estado, las universidades y la comunidad científica será la clave para transformar la norma en una realidad efectiva a partir de 2027.
Para las municipalidades de Chile, la entrada en vigencia de la Ley N° 21.822 en 2027 no es un tema menor: las transformará en la primera línea de ejecución y cumplimiento de este nuevo estándar de derechos. Al ser el órgano del Estado más cercano a la comunidad, los municipios enfrentarán el enorme reto de operativizar una ley compleja con recursos que, históricamente, suelen ser limitados.
El desafío para los gobiernos locales se puede estructurar en cuatro ejes principales:
1. Detección y judicialización del «Abandono Social»
La ley introduce el abandono social como una vulneración grave que requiere la intervención de los Tribunales de Familia.
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El reto local: Los municipios, a través de sus oficinas de asistencia social o las Oficinas Municipales del Adulto Mayor, suelen ser los primeros en recibir alertas de vecinos o constatar en terreno estas realidades. Las municipalidades tendrán que capacitar a sus equipos de asistencia social y de salud municipal (Cesfam) para identificar técnicamente este delito, levantar los informes de diagnóstico y activar de manera expedita las redes con los tribunales y los programas especializados del Senama.
2. Fiscalización del sector privado local
La ley impone obligaciones al sector privado en ámbitos como el consumo, la atención preferente y el acceso a espectáculos públicos (la cuota del 5% de entradas y la rebaja del 50%).
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El reto local: Las Direcciones de Obras Municipales (DOM) y los departamentos de Patentes e Inspección General tendrán que incorporar estas nuevas normativas a sus pautas de fiscalización. Garantizar que el comercio local y los eventos masivos que se realizan en la comuna cumplan con la atención preferente y los accesos preferenciales requerirá adaptar las ordenanzas municipales vigentes.
3. Rediseño de los servicios de Salud Primaria (APS)
La ley consagra el derecho a una salud integral, sin discriminación por edad y con un fuerte foco en la salud mental de las personas mayores.
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El reto local: La Salud Primaria (Cesfam, Cecosf y Postas Rurales) depende directamente de las corporaciones o direcciones de salud municipal. El desafío será transitar desde un modelo de salud puramente asistencial o de entrega de fármacos hacia un modelo de gerociencia aplicada, con programas de prevención del deterioro cognitivo, apoyo psicológico especializado y estrategias de cuidado domiciliario para pacientes con dependencia severa.
4. Adaptación de la infraestructura urbana y conectividad digital
El texto legal promueve la autonomía, la participación y el derecho a la conectividad digital de los mayores de 60 años.
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El reto local: Esto obligará a las Secretarías Comunales de Planificación (Secplan) a rediseñar el espacio público con criterios estrictos de accesibilidad universal (veredas, plazas, paraderos). Asimismo, los municipios deberán romper la brecha digital, transformando sus centros comunitarios en espacios de alfabetización digital para que las personas mayores puedan realizar trámites locales, de salud o financieros de manera autónoma.
La brecha de la segmentación municipal: El éxito de esta ley pondrá a prueba la histórica desigualdad presupuestaria en Chile. Mientras que comunas de altos ingresos podrán financiar programas de gerontología avanzados y digitalización con relativa rapidez, las municipalidades rurales o de menores recursos dependerán críticamente de que el fortalecimiento institucional del Senama e internalización de los recursos del Ministerio de Desarrollo Social lleguen efectivamente a regiones y comunas rezagadas antes de 2027.



