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El Senado respalda por unanimidad la nueva Ley de Incendios: Claves del proyecto que busca blindar las zonas críticas y Rol de las municipalidades frente a esta nueva norma legal

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Con 34 votos a favor y ninguno en contra, la iniciativa avanza a su tercer trámite constitucional. El proyecto introduce una clasificación de riesgo por zonas y regula la construcción en áreas boscosas para evitar nuevas tragedias.

El Senado de la República dio un paso decisivo en materia de seguridad ambiental y civil al aprobar, de forma unánime, el proyecto de Ley de Prevención y Control de Incendios Forestales. Tras una jornada de votaciones separadas y enmiendas, la propuesta fue despachada a la Cámara de Diputados para su tercer trámite, quedando a un paso de convertirse en ley.

Estrategia contra el fuego: ¿Qué cambia con esta ley?

Impulsado por la urgencia de las catástrofes ocurridas en regiones como Ñuble y Biobío, el texto legal no solo busca combatir el fuego, sino anticiparse a él. Estos son sus pilares fundamentales:

  • Mapa de Riesgos: Se establecerá una clasificación nacional que dividirá el territorio en zonas de riesgo bajo, medio y crítico.

  • Franjas de Protección: La ley obligará a crear perímetros de seguridad para detener el avance de las llamas, especialmente en el límite entre bosques y asentamientos humanos.

  • Regulación de Suelos: Se fortalecerán los instrumentos de fiscalización para las construcciones en zonas vulnerables, evitando el crecimiento habitacional descontrolado en áreas de alta carga combustible.

  • Rol Municipal: Los municipios y servicios públicos recibirán apoyo técnico y educación preventiva para gestionar sus territorios de forma segura.

Presupuesto y urgencia legislativa

Uno de los puntos clave de la sesión fue la confirmación de que la iniciativa ya cuenta con financiamiento destinado exclusivamente a la fiscalización. Esto responde a las presiones del Ejecutivo por acelerar una normativa que se considera vital ante el actual escenario de crisis climática.

«El proyecto busca reducir la ocurrencia de siniestros catastróficos mediante el fortalecimiento de las herramientas preventivas existentes y la creación de nuevos instrumentos de control.»

Próximos pasos

Tras el respaldo masivo en la Cámara Alta, el documento regresa a la Cámara de Diputados. Si los parlamentarios ratifican las modificaciones realizadas por el Senado, el proyecto quedará listo para ser promulgado por el Presidente de la República.

El proyecto busca prevenir y controlar este tipo de siniestros por medio de nuevos instrumentos y el fortalecimiento de los ya existentes.

Rol de las municipalidades

Con la nueva normativa, las municipalidades dejan de ser meros espectadores o entes de reacción para convertirse en piezas clave de la gestión preventiva. El proyecto les otorga facultades vinculantes y responsabilidades técnicas que antes estaban dispersas o no tenían financiamiento claro.

Aquí los cuatro pilares del rol municipal bajo esta ley:

1. Fiscalización y cumplimiento de perímetros

Las municipalidades tendrán el poder (y la responsabilidad) de supervisar que se respeten las franjas de protección. Si un propietario o empresa forestal no mantiene limpia de maleza o material combustible el área cercana a viviendas, el municipio podrá intervenir o cursar multas.

2. Integración en la Planificación Urbana

Los municipios deberán actualizar sus instrumentos de planificación (como los Planos Reguladores) integrando la clasificación de riesgos (zonas bajas, medias o críticas) que defina la autoridad técnica. Esto significa que no se podrá autorizar cualquier tipo de edificación en zonas marcadas como de alto riesgo sin cumplir con estándares de seguridad específicos.

3. Educación y Capacitación Comunitaria

Se les asigna un rol de «primera línea» en la sensibilización. Deberán ejecutar programas de educación preventiva con los vecinos, enseñando cómo mantener los patios limpios, cómo crear zonas de defensa en las casas y qué hacer en caso de evacuación.

4. Apoyo Técnico y Trabajo Intersectorial

El proyecto contempla que los servicios públicos brinden apoyo técnico a los municipios pequeños que no cuentan con ingenieros o expertos en gestión de riesgos. Así, las municipalidades actuarán como el nexo directo entre el Gobierno Central y el territorio, gestionando los recursos de fiscalización que el proyecto ya tiene asignados.

Resumen del flujo de acción municipal:

  • Antes del incendio: Fiscalización de terrenos y educación vecinal.

  • Durante el riesgo: Aplicación de las restricciones de zonas críticas.

  • A largo plazo: Ordenamiento territorial basado en los nuevos mapas de riesgo.

Sanciones y multas que contempla la normativa

El «brazo duro» de la ley: Multas y Sanciones

La nueva normativa no solo entrega facultades de fiscalización a los municipios y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF), sino que establece un régimen de sanciones para quienes incumplan las medidas de prevención:

  • Incumplimiento de Franjas de Protección: Los propietarios de predios (agrícolas, forestales o particulares) que no mantengan limpias las zonas de cortafuegos o franjas de seguridad, se exponen a multas que pueden ser gravísimas.

  • Montos de las multas: Las sanciones están diseñadas para ser disuasorias. Dependiendo de la gravedad y la zona (si es crítica o no), las multas pueden ir desde las 10 hasta las 5.000 UTM (Unidades Tributarias Mensuales), dependiendo del daño potencial o la reincidencia.

  • Ejecución Subsidiaria: Un punto innovador es que, si un propietario no realiza la limpieza obligatoria, el municipio podrá realizar la labor de despeje y luego pasarle la factura al dueño del predio, sumado a la multa correspondiente.

¿Quién cobra y quién vigila?

  1. Juzgados de Policía Local: Serán los encargados de procesar las denuncias municipales.

  2. CONAF / Servicio de Prevención (SENAPRED): Actuarán como los organismos técnicos que validan si la falta cometida puso en riesgo real a la población.

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