En un fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción revirtió la decisión del Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad y condenó a la Municipalidad de Concepción a pagar una indemnización de $17.400.000 a la exfuncionaria Camila Jarpa Fernández. El tribunal de alzada determinó que la no renovación de su contrato a partir del 1 de enero de 2025 constituyó un acto de discriminación arbitraria por motivos políticos, vulnerando sus derechos fundamentales a la igualdad de trato y no discriminación en el empleo.
Jarpa, militante del Frente Amplio, se desempeñó entre 2022 y 2024 como encargada de la Academia de Innovación Municipal, perteneciente al Programa de Fomento Productivo de la Dirección de Desarrollo Comunitario (Dideco). Tras la llegada del alcalde Héctor Muñoz, la profesional fue desvinculada. Según los antecedentes acreditados en el proceso, el municipio argumentó una supuesta reorganización de la unidad, pero la plaza fue posteriormente ocupada por un militante del Partido Social Cristiano, colectividad en la que milita el jefe comunal.
Primacía de la realidad y ámbito laboral
A través de la sentencia de reemplazo (causa rol 278-2023), la sala —integrada por la ministra Carola Rivas, el ministro Rodrigo Cortés y el abogado integrante Rafael Kuncar— desestimó la tesis de que la exfuncionaria mantenía una relación de honorarios civil o un cometido transitorio.
Aplicando el principio de la primacía de la realidad, el dictamen acreditó una relación laboral formal basada en una prestación continuada por 2 años y 8 meses, sujeta a subordinación y dependencia. Entre las evidencias consideradas se contaron el cumplimiento de jornada ordinaria, instrucciones directas de jefatura, control de asistencia y permisos por la Dirección de Personal, rendición de informes para pago de honorarios y la representación de la institución con vestimenta y credencial municipal.
Asimismo, el tribunal señaló que el Estado no puede excusarse en la legalidad administrativa para mantener contrataciones en condiciones de precariedad o desprotección bajo el amparo de contratos civiles.
Desglose del pago y acciones de impugnación
La indemnización total asignada por el tribunal contempla los siguientes conceptos:
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Indemnización adicional especial (artículo 489 del Código del Trabajo): $10.800.000.
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Indemnización por tres años de servicio: $3.600.000.
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Recargo legal del 50% sobre años de servicio: $1.800.000.
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Indemnización sustitutiva de aviso previo: $1.200.000.
Todas estas cifras devengarán los reajustes e intereses legales correspondientes, rechazándose únicamente las pretensiones relativas a la nulidad del despido e indemnización por daño moral.
Frente a la resolución, la Municipalidad de Concepción confirmó que recurrirá ante la Corte Suprema mediante un recurso de unificación de jurisprudencia. El abogado jefe corporativo, Rodrigo Díaz, indicó que, si bien respetan el dictamen, sustentarán su apelación en los criterios contenidos en el fallo de primera instancia de la jueza del Trabajo Stephanie Fernández, que originalmente había descartado la demanda.



