21.2 C
Villarica
6.4 C
Pucón

Contraloría fija límites para festejos municipales: excluye a trabajadores a honorarios y exige estricta austeridad

Fecha:

- Publicidad -

La Contraloría General de la República emitió una serie de determinaciones e instrucciones dirigidas a los municipios del país respecto de las celebraciones del Día del Funcionario Municipal (28 de octubre) y del Día de la Atención Primaria de Salud (6 de septiembre). En sus resoluciones, el organismo fiscalizador definió quiénes pueden participar de estos festejos e impuso un estricto marco de regulación presupuestaria y continuidad del servicio.

A raíz de una consulta formulada por la Municipalidad de Cañete, el órgano de control precisó que las personas contratadas sobre la base de honorarios no pueden participar en la conmemoración del Día del Funcionario Municipal. El análisis jurídico recordó que la Ley N° 18.883 (Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales) establece que el personal a honorarios no posee la calidad de funcionario, ya que sus servicios no implican una integración permanente a la estructura municipal ni subordinación directa.

La dictaminación generó reacciones inmediatas en el sector edilicio:

  • Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (ASEMUCH): Aunque la directiva acató el dictamen normativo, valoró la contribución diaria de los trabajadores a honorarios y propuso evaluar la creación formal de un «Día del Funcionario Municipal y Prestador de Servicios» para reconocer legalmente a todo el personal.

  • Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH): Planteó que, si bien los trabajadores a honorarios no son funcionarios públicos bajo el Estatuto, sí ejercen una función pública clave, por lo que su exclusión de estas actividades genera un impacto negativo en el clima laboral interno.

Paralelamente, la Contraloría impartió un instructivo general sobre el uso de recursos públicos en estas fechas de reconocimiento institucional, estableciendo que los municipios pueden realizar actividades y financiar gastos siempre que cumplan con criterios de legalidad, probidad, austeridad, proporcionalidad y economicidad.

Las principales directrices operativas dictaminadas por el organismo fiscalizador incluyen:

  • Continuidad de la función pública: Las conmemoraciones no pueden paralizar la atención municipal ni alterar el funcionamiento normal de los servicios hacia la comunidad.

  • Límites al gasto presupuestario: Los desembolsos deben ser austeros y proporcionales a las disponibilidades presupuestarias edilicias, evitando gastos desmedidos (recordando la fiscalización realizada en 2025 a Lo Barnechea por un evento de $183 millones).

  • Imputación contable rigurosa: Los egresos deben registrarse estrictamente en los ítems presupuestarios correspondientes del Subtítulo 22 (Bienes y Servicios de Consumo). Los gastos asignados a representación o protocolo requerirán la presencia de autoridades superiores del Gobierno o Ministerios.

  • Fiscalización: Las municipalidades deberán difundir internamente estas reglas y aplicar el control jerárquico correspondiente, quedando expuestas a eventuales auditorías por parte del órgano de control.

Vea texto del Instructivo N°IN22N26 de CGR.

Comparte este post:

- Publicidad -

Popular

Revisa Más Noticias
Relacionados

Frente unido en Aysén rechaza propuesta parlamentaria de anexar Guaitecas a una eventual región de Chiloé

Tanto el Gobierno Nacional como las autoridades de Aysén...

Subdere adjudica más de 3 mil becas de capacitación para fortalecer la gestión municipal y regional en todo el país

La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), a...

La Florida inaugura nuevo Centro de Fomento y Seguridad Ciudadana en el sector de Las Gardenias

La Municipalidad de La Florida puso en funcionamiento el...

AMUCH propone modernizar los municipios con un paquete de 36 reformas legislativas de rápida tramitación

La iniciativa busca adecuar la institucionalidad local a los...