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Congreso aprueba Ley Jacinta: Nuevas regulaciones para asegurar la seguridad vial en el país

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Tras recibir el respaldo unánime de la Cámara de Diputadas y Diputados con 137 votos, el proyecto conocido como Ley Jacinta ha superado su último trámite legislativo. La normativa, que modifica la Ley de Tránsito (18.290), ahora solo espera la firma presidencial para entrar en vigor.

Este avance legal tiene su origen en el lamentable fallecimiento de Jacinta González Schnitzer, una bebé de cinco meses que perdió la vida tras ser atropellada por un conductor de avanzada edad con problemas de salud graves. A raíz de este caso, el Congreso buscó endurecer los filtros para quienes se ponen tras el volante.

Ejes fundamentales de la nueva normativa

La ley no solo endurece los requisitos para conducir, sino que moderniza aspectos tecnológicos y de protección laboral:

  • Responsabilidad Médica: Los solicitantes de licencia deberán entregar una declaración jurada sobre su estado de salud físico y mental. Si se detecta que el postulante omitió o falseó información, su permiso será anulado de inmediato.

  • Estándares Nacionales: Se creará un reglamento único para que los exámenes psicotécnicos sean iguales en todo el país, permitiendo que profesionales de la salud capacitados realicen las evaluaciones bajo supervisión médica.

  • Seguridad para Menores en Motos: Siguiendo modelos internacionales, se prohíbe que los niños viajen frente al conductor. La edad mínima para ser acompañante será de 12 años, siempre que el menor pueda apoyar los pies en los estribos y use casco certificado.

  • Actualización Tecnológica: Se autoriza la sustitución de espejos retrovisores por sistemas de cámaras y monitores en vehículos donde la visibilidad lateral sea reducida.

  • Mejoras en el SOAP: El Seguro Obligatorio duplicará su cobertura y los pagos de indemnizaciones se agilizarán, reduciendo el plazo de entrega a solo 7 días hábiles.

Nuevo beneficio: Fuero Laboral por duelo

Un punto destacado de la ley es la incorporación de una protección laboral para padres que sufren la pérdida de un hijo. Se establece un fuero laboral de un mes tras el fallecimiento. En contratos a plazo fijo o por obra, este beneficio se extiende hasta el fin del contrato o hasta cumplir el mes de vigencia.

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