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Contraloría da luz verde a reformas del Minvu a la OGUC tras ajustes técnicos y en medio de objeciones municipales

La Contraloría General de la República (CGR) tomó razón, con alcances, del decreto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) que modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). El dictamen del órgano contralor, fechado el 1 de octubre, destraba la entrada en vigencia de una de las reformas urbanísticas clave del Ejecutivo, cuya publicación en el Diario Oficial está proyectada para la próxima semana.

La resolución pone fin al trámite preventivo de legalidad de un texto que ingresó originalmente a revisión el 27 de julio, fue retirado por el Minvu el 7 de septiembre para subsanar observaciones legales y reingresado el 16 de septiembre.

Tensión política y reparos locales

La tramitación del decreto abrió un complejo escenario de discusión con los gobiernos locales. Desde la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM), su presidente Gustavo Alessandri cuestionó que el Minvu reingresara el texto a Contraloría sin establecer instancias previas de diálogo con los gobiernos locales.

Los jefes comunales han advertido sobre las implicancias de estos cambios normativos en la densidad habitacional, la dotación de estacionamientos y las reglas de conjuntos armónicos, planteando que las medidas podrían incentivar la densificación desmedida en ciertas zonas urbanas.

Al respecto, la CGR precisó que su análisis se acotó estrictamente al control preventivo de legalidad y no al mérito, oportunidad o conveniencia técnica de la política pública. En el texto se especifica que determinar el impacto urbanístico del decreto es una atribución que le corresponde primariamente a la autoridad sectorial.

Modificaciones clave al proyecto original

Para lograr el pronunciamiento favorable del organismo fiscalizador, la cartera debió adecuar diversos artículos del proyecto inicial:

  • Densidad habitacional: Se eliminó la propuesta de aplicar un coeficiente de 2 habitantes por vivienda. Se conservó la opción de un factor de 1,4 —que posibilita edificar un mayor número de unidades por terreno dentro de la densidad autorizada—, excluyendo su aplicación a proyectos cercanos a paradas de transporte público y vinculándolo a criterios de vías expresas y troncales.

  • Estacionamientos: Se delimitaron las rebajas en la dotación mínima requerida para resguardar el cumplimiento de la Ley N° 21.442, asegurando la exigencia legal de al menos un estacionamiento por unidad en condominios de vivienda de interés público.

  • Mitigación vial: Se desestimó la norma que permitía sustituir el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) por informes técnicos del Serviu, manteniendo dicha competencia en las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y las Direcciones de Tránsito municipales.

  • Conjuntos armónicos y riesgos: Se fijó que los proyectos emplazados en terrenos iguales o superiores a 5.000 metros cuadrados deberán deslindar con calzadas de al menos 14 metros de ancho. A su vez, se incorporaron exigencias sobre áreas de riesgo y protección en planes de reconstrucción por catástrofes.

Alcances para las Direcciones de Obras

En sus precisiones finales, el organismo fiscalizador determinó que las Direcciones de Obras Municipales (DOM) deberán verificar que los estudios de riesgo estén respaldados por profesionales especialistas. La definición formal de dichos perfiles quedará normada mediante una circular que deberá emitir la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Minvu.

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