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Municipalidades frente a la nueva ley que garantiza conciliación y protección para estudiantes cuidadores en la educación superior

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La Ley N° 21.790, publicada el 19 de enero de 2026, estableció en Chile un marco obligatorio de protección para estudiantes de educación superior que estén embarazadas, sean madres o padres, o tengan a su cargo el cuidado principal de niños, personas mayores o personas con discapacidad o dependencia.

La normativa exige a universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica adecuar sus reglamentos para asegurar la continuidad de estudios de quienes ejercen labores de cuidado, bajo el principio de corresponsabilidad social y familiar, y prohíbe toda forma de discriminación arbitraria por estas causas.

Entre las medidas contempladas se incluye la justificación de inasistencias, postergación y reprogramación de evaluaciones, ajustes en la carga académica, reducción de exigencias de asistencia, prioridad en la inscripción de asignaturas y la elaboración de calendarios especiales.

Uno de los ejes centrales es el derecho a suspender o postergar los estudios hasta por dos semestres, prorrogables excepcionalmente por otros dos, sin pago de arancel ni matrícula y manteniendo los beneficios estudiantiles. Para acceder a estas garantías, se deberá acreditar la situación mediante la documentación correspondiente.

Las solicitudes deberán resolverse en un plazo máximo de diez días hábiles; de no existir respuesta, se entenderán aprobadas. La fiscalización quedará a cargo de la Superintendencia de Educación Superior y el incumplimiento será considerado infracción grave.

La ley también extiende estas disposiciones a quienes realizan la práctica profesional para optar al título de abogado y modifica la Ley General de Educación, incorporando expresamente la paternidad, junto al embarazo y la maternidad, como situaciones protegidas en el sistema educativo.

Con esta norma, la conciliación entre estudios y responsabilidades de cuidado pasa a ser un derecho exigible, reforzando el acceso y permanencia en la educación superior.

¿Cómo se vincula esta ley con el rol de las municipalidades del país?

La Ley N° 21.790 impacta principalmente a las instituciones de educación superior, pero también tiene implicancias indirectas y estratégicas para las municipalidades. Su importancia a nivel local se puede explicar en varios planos:

1. Rol de las municipalidades como sostenedoras y garantes del derecho a la educación

Si bien las municipalidades ya no administran directamente la educación escolar tras la creación de los Servicios Locales de Educación Pública, siguen teniendo un rol relevante en políticas sociales, apoyo comunitario y promoción de derechos. La ley refuerza el enfoque de corresponsabilidad en el cuidado, un principio que también atraviesa programas municipales vinculados a infancia, discapacidad, mujer y desarrollo comunitario.

2. Apoyo social y redes de cuidado

Muchos estudiantes beneficiarios de la ley —madres, padres y cuidadores— son usuarios de programas municipales como oficinas de la mujer, DIDECO, programas de discapacidad o infancia. La nueva normativa puede aumentar la demanda de certificados, acreditaciones o acompañamiento social emitidos por municipios para respaldar solicitudes ante las casas de estudio.

3. Políticas locales de equidad de género

La ley fortalece la corresponsabilidad parental y el reconocimiento del cuidado como función social, lo que se alinea con planes comunales de igualdad de género. Para las municipalidades, es una oportunidad de articular acciones con universidades e institutos del territorio para promover permanencia educativa y autonomía económica, especialmente de mujeres jóvenes.

4. Desarrollo local y capital humano

Facilitar que estudiantes con responsabilidades familiares no abandonen sus estudios tiene impacto directo en el capital humano de la comuna. La permanencia y titulación de estos estudiantes contribuye al desarrollo económico local y reduce brechas sociales.

5. Coordinación interinstitucional

Las municipalidades pueden establecer convenios con instituciones de educación superior para coordinar salas cuna, jardines infantiles, programas de apoyo o beneficios locales que complementen lo que establece la ley.

En síntesis, aunque la norma regula directamente a la educación superior, su implementación dialoga con políticas sociales, de género y de desarrollo comunal, ámbitos donde las municipalidades cumplen un papel clave como articuladoras territoriales y promotoras de derechos.

Vea texto de la ley N°21.790 e historia de la ley.

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